El Estado Uruguayo había sido demandado en 2017 por la empresa de origen indio, Aratirí. La misma exigía un monto de 3536 millones de dólares, alegando que durante la implementación del proyecto hubo cambios que lo tornaron inviable.



La noticia fue publicada por el portal de gobierno con el siguiente texto:

"En dicho laudo, el Tribunal Arbitral hizo lugar a la objeción de jurisdicción presentada por Uruguay, entendiendo que los demandantes, en calidad de beneficiarios discrecionales del fideicomiso que indirectamente tenía cierta titularidad sobre el proyecto minero, no eran titulares al momento de los hechos de un bien protegido por el Convenio y por tanto carecían de legitimación para plantear una pretensión con respecto a una inversión".

El fallo se dio en la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya y ahora Aratirí debe pagar al Estado Uruguayo 4 millones de dólares por gastos de juicio.

Félix Eduardo Cañizalez 

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