Esta ley permitirá internar a las personas que viven en la calle con problemas de adicción o problemas psiquiátricos.

Fotografía: mediospublicos.uy


Previamente u
n médico deberá certificar que la persona está fuera de sí y que existe un riesgo de afectar su salud o la de un tercero; si se niega a su traslado, deberá intervenir la policía para llevarlo al centro de salud más cercano en post de su rehabilitación.


Cuando esta persona se recupere en el sanatorio, el Mides deberá ofrecer alternativas para que no vuelva a vivir en la calle. Algunas opciones que tiene disponible la cartera son los hogares asistidos o las denominadas “casas de medio camino”. Según la patología que tenga la persona, se definirá su destino.


Félix Eduardo Cañizalez

 

 

Artículo Anterior Artículo Siguiente